Boletín Número 1

Servicio Social de Base

APROBADAS LAS PRESTACIONES DE LA LEY DE DEPENDENCIA


Servicio Social de Base




Plaza de España, 1
06640 Talarrubias

Telf: 924 631 079
 


 

Los servicios y prestaciones de la Ley de Dependencia, que tendrán garantizadas las personas evaluadas como grandes dependientes, han sido aprobados por el Gobierno de manera que estas personas, podrán ser atendidas este año.

El acuerdo alcanzado por el Gobierno y las Comunidades Autónomas en el Consejo Territorial de la Dependencia, permite com-pletar el desarrollo regla-mentario básico de la Ley.

El catálogo de servicios para los grandes depen-dientes aprobado, incorpora la prevención y promoción de la autonomía personal; la Teleasistencia;

 adecuadas para ello, y de modo excepcional tal y como establece la Ley.

De esta forma, el beneficiario podría optar por la atención en su entorno familiar; el cuidador sería compensado, al tiempo que deberá darse de alta en la Seguridad Social.

La prestación acordada para los familiares que cuidan a las personas mayores y a las personas con discapacidad evaluados con una gran dependencia, es 487 euros mensuales, incluido el coste de la cotización a la Seguridad Social y de las acciones de formación (74 euros que corren a cargo del Estado).

ACCESO AL SISTEMA
DE DEPENDENCIA

Para acceder a este Sistema, los ciudadanos deben solicitar una eva-luación en los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma para que se determine su grado y nivel de dependencia, la cual se puede llevar a cabo en el mismo domicilio del soli-citante.

La evaluación se realiza en virtud de un baremo estatal recientemente aprobado.

En el caso de nuestra Mancomunidad, deben diri-girse a la Trabajadora Social del Servicio Social de Base que trabaje en su localidad, para que tramite la solicitud de reconocimiento del Grado de Dependencia y así pueda desplazarse el equipo de valoración, que en la comarca se encuentra ubi-cado en Herrera del Duque.

Por ultimo, recordar que durante este año, sólo se pueden tramitar ayudas para los Grandes Depen-dientes (Grado III), es decir, cuando la persona necesita ayuda para realizar la mayor parte de las actividades básicas de la vida diaria (comer, vestirse, aseo …) y que por su pérdida total de autonomía física, mental o sensorial necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.

 la Ayuda a Domicilio (entre 70 y 90 horas mensuales garantizadas para los casos más graves); Centro de Día y de Noche; y Atención residencial.

Cuando no exista oferta pública para la prestación de estos servicios, las personas con gran dependencia, podrán recibir este año diversas prestaciones económicas. Se trata de la prestación económica vinculada al servicio, que permite al beneficiario adquirir el servicio al que tiene derecho en el mercado privado.

Las cuantías que aprobadas alcanzan los 780 euros para los grandes dependientes (Grado III) de nivel 2, y de 585 euros para los de nivel 1.

Otro tipo de prestación aprobada, es la compensación económica por cuidados en el ámbito familiar. Esta prestación, se producirá siempre que se den las circunstancias familiares y de otro tipo

 

 

 

 

 


De esta forma los cuidadores no profesio-nales, se incluirían obli-gatoriamente en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social y en situación asimilada al alta en el mismo.

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