Boletín Número 7

Oficina Mancomunada de Información al Consumidor

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CONSUMO DE ELECTRICIDAD: ASPECTOS A TENER EN CUENTA

La OMIC está recibiendo un considerable aumento de quejas y solicitud de información por parte de muchos usuarios y usuarias, que han recibido facturas de electricidad muy elevadas, debido al nuevo sistema de facturación mensual que las compañías eléctricas están aplicando.

Hasta finales de 2008, todos los usuarios/as de cualquier operadora eléctrica recibían cada dos meses en sus hogares la factura de su consumo. Sin embargo, el pasado año se aprobó un Real Decreto ( R.D. 1578/2008, de 26 de septiembre), en cuya Disposición Adicional Séptima se establecía que “La facturación de las tarifas de suministro de energía eléctrica social y doméstica, a partir del 1 de noviembre de 2008, se efectuará mensualmente por la empresa distribuidora, llevándose a cabo en base a la lectura bimestral de los equipos de medida instalados al efecto.”

Al recibir una factura mensual y la lectura de nuestros contadores realizarse cada dos meses, hay una factura cuyo consumo se calcula en base a una estimación, según se establece en el Real Decreto 1955/2000, que recoge que los consumidores/as acogidos/as a tarifas domésticas podrán ser facturados en función de los promedios históricos del año anterior.

Esto produce que, en algunas facturas, aparezca un recargo por exceso de consumo a aquellos usuarios/as que han superado los 500Kw, de acuerdo con lo reglamentado, sólo en aquellas

facturas que se basen en lecturas reales, nunca cuando la lectura es estimada, y teniendo en cuenta en el cálculo su aplicación mensual equivalente.

Desde el pasado año las compañías eléctricas ya comenzaron a aplicar este nuevo sistema de tarificación, sin embargo estas compañías no han informado a los usuarios/as del nuevo sistema de facturación, cómo se realiza la lectura estimada de los contadores y con qué criterios, pues éstos varían de unas compañías a otras.

Por todo ello, desde esta Oficina, queremos ofreceros los siguientes consejos:

  • Comprobar que la lectura de nuestro contador es correcta, comprobando que los Kw/h son superiores a los que aparecen en la factura. Si estuviesen por debajo de lo facturado deberíamos reclamar a la compañía la devolución del importe de los Kw facturados de más.
  • Comunicar la lectura de nuestro contador a la compañía eléctrica el mes que no la leen. De esta forma evitaremos pagar más o menos, según el caso, y nos facturarán por lo realmente consumido.
  • Comprobar que en las facturas de Noviembre y Diciembre no se nos ha aplicado la subida de enero. Por ejemplo, en un hogar con una potencia contratada entre 2,5 y 5Kw, el precio del Kw en diciembre era de 0,107994 mientras que en enero es de 0,112480. Este precio varía en

función de la potencia contratada, por lo que lo más recomendable es mirarlo en nuestras facturas.

  • Comprobar que no nos han cobrado el exceso de consumo en las facturas estimadas. Este exceso se produce por superar un determinado consumo; para evitarlo es conveniente proporcionar a la compañía correspondiente la lectura del mes que no leen el contador en sus teléfonos de atención al cliente: Iberdorla (901 20 20 20) o Energética de Alcocer (924 62 00 43).
  • Si tienen una vivienda vacía, comunicárselo a la oficina suministradora de la energía, para que facturen el mínimo y no estimen el consumo. Así evitaremos la molestia de llamar todos los meses porque nos hayan facturado Kw que no hemos consumido.
  • Y sobre todo, por el bien común y de cada uno/a en particular, intentar ahorrar energía, mediante el uso de bombillas de bajo consumo, si tenemos que renovar los electrodomésticos adquiriendo uno de clase A, apagando completamente los equipos electrónicos, así como con un buen aislamiento tanto en verano como en invierno.

  • Asimismo les recordamos que la Oficina del Consumidor está a su disposición para solventar cualquier duda o problema que se les plantee, y que pueden ponerse en contacto a través del teléfono o solicitando en el Ayuntamiento de su localidad una visita en su propio municipio.

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